27 julio , 2024

Fallo judicial declara inconstitucional artículos de la Ley de Paritaria Docente en Tierra del Fuego

La Dra. Edith Cristiano, titular del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 1, del Distrito Judicial Norte de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Río Grande, emitió una fallo donde declara inconstitucional 4 artículos de la Ley Provincial N° 424, que es la ley que rige la Convención Colectiva de Trabajo del sector docente de esa provincia.   

4 DE ABRIL 2021

El fallo de la Dra. Cristiano, es consecuencia de una acción de amparo presentada por la Asociación de Magisterio de Enseñanza Técnica (A.M.E.T.), donde se reclamó el derecho a participar de las negociaciones salariales y de condiciones de trabajo del sector docente de Tierra del Fuego.

La Jueza declara inconstitucional los artículos 1; 9; 19 y 20 de la Ley Provincial N° 424, (Educación – Docentes Provinciales: Convenciones Colectivas de Trabajo), que rige desde el 4 de enero de 1999.

La medida judicial, que no tiene efectos retroactivos a efectos de no conculcar derechos adquiridos, ordena “a la Administración que emita el o los actos administrativos que correspondieren, de modo tal que, dentro del plazo de 30 días se garantice la efectiva inclusión de la Asociación de Magisterio de Enseñanza Técnica (A.M.E.T.) en la Convención Paritaria Docente”.

La información fue publicada en la cuenta de Facebook de AMET Tierra del Fuego Regional XXIV, el pasado 16 de marzo, y refiere a que el día 12 de marzo la entidad sindical fue notificada del fallo de la Dra. Cristiano.

Otro reclamo, otra época

Cabe recordar que durante los 4 años de la gestión del Gobierno de Rosana Bertone, donde se violó desde un comienzo la Ley Provincial N° 424 en todo su contexto, ni la Dra. Edith Cristiano, ni el Dr. Guillermo Penza, (titular de Juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 1, con asiento en la ciudad de Ushuaia) emitieron fallos con definiciones de fondo, ante presentaciones realizadas por otras organizaciones sindicales.    

Los antecedentes que marcan el perfil de Dra. Edith Cristiano

Caso Teltron

La Dra, Cristiano, de fuerte relación con la ex Gobernadora Rosana Bertone desde su primera época como Diputada nacional, fue noticia en el año 2011 cuanto tuvo que intervenir por el conflicto de trabajadores despedidos de la empresa Teltron de Río Grande.

La Jueza Edith Cristiano, había emitido un primer fallo ordenando se indemnizara a los trabajadores despedidos de Teltron que se enrolaban el Sindicato de Trabajadores de la Industria del Plástico y Afines (STIPA), adherido a la CTA, pero más tarde, ante la gravedad que tomaba el conflicto, con fuerte repercusión en medios provinciales y nacionales, emite otro fallo, a escasos días del primer fallo, ordenando la reincorporación de los trabajadores despedidos.

La incongruencia de la Dra. Cristiano en ese caso, con dos fallos totalmente contradictorios emitidos en muy poco tiempo entre uno y otro, quedó grabado en los ámbitos políticos y gremiales de la provincia, y se consideró al primer fallo como “un favor” al pedido desde sectores políticos y empresariales.

Caso TV Fuego

En el año 2014, desde el SATSAID señalaban, “vamos a pedir ante el Consejo de la Magistratura que se excluya a esta Jueza para que no actué más dentro de la Justicia Laboral, porque no se puede entender que en 10 años no haya tenido un fallo ni siquiera en primera instancia”, esto en relación a la causa en la que la empresa TV Fuego le negaba el pago del salario a un dirigente del SATSAID desde hacía10 años.

Otra causa promovida por el SATSAID, en la misma época, y que tampoco resolvió la Jueza Cristiano por espacio de 10 años aproximadamente, se refería a los trabajadores de la empresa TV Fuego encuadrados en una actividad (construcción) que no correspondía al Convenio Colectivo de Trabajo del SATSAID.   

Caso Ministerio de Trabajo

En el año 2014, gestión del Gobierno de Fabiana Ríos, a instancias de ATE, Edith Cristiano realizó una minuciosa inspección en las dependencias de la Secretaría de Trabajo de Río Grande para constatar las condiciones de seguridad e higiene laboral, a partir de las denuncias formuladas por el sindicato estatal.

Obviamente que ese hecho llamó sumamente la atención y se lo consideró “un hecho político y no judicial”, ya que nunca antes esa Jueza se había ocupado de denuncias similares tanto en el ámbito estatal como en el ámbito privado.

Caso Tecnomyl

En el año 2018, la Dra. Edith Cristiano, resolvió SUSPENDER, por “presunta falta de conducta”, a un ex dirigente del Sindicato de Trabajadores Químicos y Petroquímicos, “quien ostentaba tutela sindical pos mandato” al amparo de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551. La decisión de Cristiano fue tomada en virtud de una cautelar presentada por la empresa Tecnomyl. Previamente, el trabajador se había encadenado reclamando persecución gremial por parte del empleador.

La Jueza Edith Cristiano aceptó la medida cautelar presentada por Tecnomyl (o mejor dicho la mentira organizada por la empresa), y ordenó “la suspensión (plena aunque provisoria) del trabajador Pablo Cabrera”, sin considerar los antecedentes del caso; es decir, sin considerar los reclamos del trabajador.

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